Panduit Corp; sus filiales y subsidiarias (conjuntamente denominados “Panduit”) se compromete a llevar a cabo su actividad de forma segura, ética y responsable ante la sociedad, en cumplimiento de todas las leyes en los países en los que opera. Panduit espera que sus proveedores compartan este compromiso. Así, Panduit requiere a todas las personas y entidades que comercialicen bienes o servicios de cualquier tipo a Panduit (cada uno de ellos denominado “Proveedor”) que actúen de conformidad con el presente Código de conducta de proveedor, basado en las normas internacionalmente reconocidas sobre trabajo, salud, seguridad, medio ambiente y ética. El Proveedor deberá implementar políticas y sistemas de gestión corporativos adecuados para asegurarse de cumplir el presente Código de conducta de proveedor, y asegurarse de que sus subproveedores y subcontratistas cumplan asimismo este Código de conducta de proveedor.
Cumplimiento de la legislación vigente
El Proveedor deberá cumplir todas las leyes y reglamentos aplicables, así como los principios establecidos en el presente Código de conducta de proveedor. Los ámbitos de cumplimiento específicos destacados para atender en el presente documento no deben considerarse como definitivos. Las obligaciones establecidas en el presente Código de conducta de proveedor son suplementarias a cualquier otra obligación del Proveedor establecida en cualquier otro contrato entre las partes u otra política de Panduit.
Derechos humanos y derechos laborales
El Proveedor deberá respetar y defender los derechos humanos de los trabajadores. En particular, el Proveedor deberá cumplir las siguientes normas:
Libre elección de empleo. El Proveedor no deberá utilizar ni participar en actividades de trabajo forzado, esclavitud o tráfico de personas.
Trabajo infantil. El Proveedor deberá cumplir toda la legislación local relativa a la edad mínima admisible para trabajar.
Salarios. El Proveedor deberá cumplir toda la legislación laboral aplicable en materia de salarios, incluida la legislación relativa al salario mínimo, las horas extraordinarias y los beneficios legalmente obligatorios.
Horario laboral. El Proveedor deberá asegurarse de que las semanas de trabajo no excedan el máximo establecido por la legislación vigente. Los trabajadores deben disponer de al menos un día libre cada siete días, y se les deberá permitir realizar pausas razonables durante el horario laboral.
Trato humano. El Proveedor deberá tratar a los trabajadores con dignidad y respeto, sin amenazarles ni emplear fuerza física ni abuso sexual, psíquico o verbal.
No discriminación. El Proveedor deberá comprometerse a evitar el acoso y la discriminación ilícita en su plantilla laboral. El Proveedor deberá tratar a sus trabajadores de forma justa, sin discriminaciones, garantizando la igualdad de oportunidades y la ausencia de prácticas o políticas dirigidas a/o indirectamente resultantes en, discriminación hacia dichos trabajadores basándose en cualquier motivo, entre otros, la raza, color, sexo, orientación sexual, situación social o personal, condición física, discapacidad, edad, nacionalidad, religión o creencia personal (con arreglo a la legislación vigente).
Libertad de asociación. El Proveedor deberá respetar los derechos de sus trabajadores a la negociación colectiva conforme a la legislación laboral vigente sin interferencias, discriminación, represalias ni acoso.
Salud y seguridad
El Proveedor deberá proporcionar a sus empleados un entorno laboral seguro y saludable, y en los casos en los que sea aplicable, un entorno vital conforme a la legislación vigente y a las buenas prácticas del sector. En particular, el Proveedor deberá cumplir las siguientes normas:
Seguridad laboral. El Proveedor deberá controlar la exposición de los trabajadores a posibles peligros de seguridad, mediante la implementación de las medidas de control de ingeniería, de diseño y administrativas, los procesos de mantenimiento y seguridad laboral preventivos, formación continua y equipos de protección.
Preparación para emergencias. El Proveedor deberá tomar las medidas necesarias para mitigar los riesgos relacionados con las lesiones físicas o incluso el fallecimiento, los daños al medio ambiente o a bienes materiales generados por situaciones de emergencia identificando y evaluando los posibles riesgos, e implementando planes de emergencia y procedimientos de respuesta adecuados.
Lesiones físicas o enfermedad causadas por la actividad laboral. El Proveedor deberá implementar procedimientos y sistemas para evitar, gestionar, localizar y notificar las lesiones físicas o enfermedades causadas por la actividad laboral.
Condiciones sanitarias. Los trabajadores del Proveedor deberán disponer de libre acceso a instalaciones sanitarias limpias, al agua potable y asegurarse de que puedan preparar, almacenar y consumir alimentos higiénicamente. Si se ofrecen dormitorios a los trabajadores, dichas instalaciones deberán estar limpias y ser seguras, así como disponer de las salidas de emergencia adecuadas, agua caliente para el baño, la ducha, calefacción y ventilación adecuadas, así como suficiente espacio personal para permitir la entrada y salida en condiciones razonables.
Medio ambiente
El Proveedor deberá reducir al máximo el impacto medioambiental negativo de sus actividades, incluido el empeño en reducir el nivel de residuos, energía, emisiones y contaminación del aire, los suelos y las aguas. El Proveedor: (1) tratará las sustancias químicas de forma segura para el medio ambiente; (2) tratará, almacenará y eliminará los residuos peligrosos de forma segura; y (3) contribuirá al reciclaje y reutilización de materiales y productos, e implementará unas tecnologías respetuosas con el medio ambiente. Se recomienda que el Proveedor cuente con un Sistema de Gestión Medioambiental que cumpla con las normas internacionales, tales como la ISO 14001.
Seguridad de las instalaciones
El Proveedor deberá mantener la seguridad en todas las instalaciones de producción y almacenes, e implementará los procedimientos de seguridad de la cadena de suministro diseñados para evitar la introducción de mercancía no incluida en manifiestos de carga en los envíos salientes. Las políticas y procesos del Proveedor deberán cumplir los requisitos del programa de la Sociedad Comercial Aduanera contra el Terrorismo de los EE. UU. (“C-TPAT”) o las directrices similares establecidas por las agencias de aduanas extranjeras correspondientes.
Ética
El Proveedor desempeñará su actividad respetando los valores éticos y cumpliendo con todas las leyes y reglamentos vigentes en los países en los que opera. En particular, el Proveedor deberá cumplir las siguientes normas:
Pagos indebidos. El Proveedor no deberá prometer, ofrecer, autorizar, entregar ni aceptar ningún objeto de valor (incluido cualquier tipo de soborno, comisión ilegal o cualquier otro pago indebido), ya sea de forma directa o indirecta, a ningún empleado de Panduit, funcionario público o cualquier otro tercero, para obtener un beneficio indebido al realizar negocios con Panduit o terceros. Panduit permite ciertamente que sus empleados acepten determinadas cortesías de negocios, por ejemplo, almuerzos modestos en el ejercicio normal de su actividad profesional, entretenimiento ocasional (por ejemplo, con una frecuencia no superior a dos veces por año natural), obsequios que no excedan de 100 USD por individuo y año natural, y objetos promocionales espontáneos que no excedan de 50 USD. Los empleados de Panduit no pueden, bajo ninguna circunstancia, aceptar efectivo. Todas las cortesías comerciales deben ser modestas, razonables y poco frecuentes. Deben tener un objetivo comercial legítimo y nunca se pueden ofrecer, recibir o proporcionar con la intención de influir indebidamente en el criterio comercial de un empleado de Panduit. Todas las operaciones de negocios del Proveedor deberán realizarse de forma transparente y reflejarse con exactitud en sus libros y registros de empresa.
Comercio justo. El Proveedor no participará en licitaciones colusorias, fijación de precios, discriminación de precios u otras prácticas comerciales desleales infringiendo las leyes antimonopolio o las leyes en materia de competencia.
Propiedad intelectual / Información confidencial. El Proveedor deberá respetar los derechos de propiedad intelectual de Panduit u otros terceros, y salvaguardar toda la Información confidencial de Panduit, incluidos entre otros, los conocimientos técnicos, secretos comerciales, información financiera, planes sobre el desarrollo de nuevos productos o servicios o cualquier otra información sensible o información de identificación personal de Panduit, así como limitar el acceso a dicha información al personal del Proveedor que tenga una necesidad comercial legítima de disponer de dicha información y a quienes lo tengan permitido por la legislación aplicable.
Privacidad. El Proveedor deberá cumplir las leyes de seguridad vigentes en materia de privacidad e información al recoger, almacenar, procesar, transmitir o compartir información personal.
Auditoría
Panduit se reserva el derecho a auditar al Proveedor para asegurarse de que cumple con el Código de conducta de proveedor, incluido sin carácter limitativo, mediante el uso de cuestionarios, entrevistas al personal del Proveedor o inspecciones “in situ”. En relación con cualquier auditoría, el Proveedor deberá colaborar con Panduit y permitir el acceso a las personas, información o documentación, cuando la solicitud haya sido razonablemente presentada. Panduit se reserva el derecho a descalificar a posibles proveedores o a rescindir el contrato con proveedores actuales de los que se sospeche o determine que incumplen las disposiciones del presente Código de conducta de proveedor.
Notificación de incumplimientos
El Proveedor es responsable de notificar a Panduit cualquier sospecha de incumplimiento legal o de incumplimiento del presente Código de conducta de proveedor. Entre otros medios, el Proveedor tiene a su disposición la Línea de integridad de Panduit: La línea de ayuda sobre ética y cumplimiento de Panduit, disponible en el siguiente enlace: www.panduit.ethicspoint.com.